- Sólo 15 municipios han acatado recomendación general: Tzucacab, Baca, Cuncunul, Panabá, Kaua, Yaxcabá, Quintana Roo, San Felipe, Dzemul, Chumayel, Yobaín, Tunkás, Tinún, Tizimín y Temax.
Mérida, Yucatán.- El presidente de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de Yucatán, José Enrique Goff Ailloud, hizo un enérgico
llamado a los alcaldes para cumplir la Recomendación General número 08/2016 y
prohibir la presencia de menores de edad en espectáculos taurinos a fin de
evitar hechos lamentables como el ocurrido en el municipio de Peto, donde un
niño resultó lesionado luego de ser atacado por un toro.
Exhortó nuevamente a los ediles a reconsiderar su postura
sobre el cumplimiento de la Recomendación, por el bien de las niñas y los
niños.
Y pidió tomar medidas necesarias para garantizar la no
repetición de este lamentable hecho.
El incidente que hoy pone en riesgo la vida y la integridad de un niño pudo haberse evitado, el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas en su informe de 2015 fue muy claro al señalar el riesgo que existe para los menores que acuden a este tipo de espectáculos”, remarcó.
La Recomendación General número 08/2016 se emitió el pasado
mes de agosto y fue dirigida a los 106 Ayuntamientos, y a la fecha sólo 15 han
dado pruebas de cumplimiento Tzucacab, Baca, Cuncunul, Panabá, Kaua, Yaxcabá,
Quintana Roo, San Felipe, Dzemul, Chumayel, Yobaín, Tunkás, Tinún, Tizimín y
Temax.
Reiteró que no se busca atentar contra las fiestas
tradicionales de la entidad, el objetivo de la Recomendación es salvaguardar la
integridad física y psicológica de las niñas y los niños.
Puntos Recomendatorios
Primera.- Con sustento en el interés superior de la niñez,
reformar los Reglamentos de Espectáculos y Diversiones Públicas para sus
municipios con el objetivo de que se contemple la prohibición de que niñas,
niños y adolescentes tengan una participación activa y pasiva en eventos y
espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia; como por
ejemplo, las corridas de toros y otros espectáculos asociados a éstas, como
señala el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, a efecto de que
estén homologados con los estándares internacionales, nacionales y estatales de
reconocimiento y protección de los derechos de la niñez y adolescencia.
Segunda.- Teniendo en cuenta el interés superior de la
niñez, girar las instrucciones necesarias para que sus direcciones,
departamentos, coordinaciones o áreas competentes realicen de manera eficiente
la verificación a todos los espectáculos públicos autorizados, permitidos o
concesionados para comprobar que niñas, niños y adolescentes no participen o asistan
a espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de violencia; y en
su caso apliquen las sanciones correspondientes.
Tercera.- Para lograr una cultura de paz y respeto a los
derechos humanos, cada uno de los 106 H. Ayuntamientos del estado deberán
trabajar coordinadamente, en términos
del artículo 25 fracción III de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Yucatán, con el Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia en Yucatán para adoptar las medidas administrativas y de
educación no formal necesarias e idóneas (programas de juego, esparcimiento,
recreación, cultura, artes y deportes, como medios para contrarrestar los
efectos negativos de la violencia, para aprender habilidades de comunicación no
violenta, y para asegurar el adecuado desarrollo de niñas, niños y
adolescentes) que inhiban la participación y asistencia de menores de 18 años
de edad a espectáculos en los que se promueva o difunda algún tipo de
violencia, logrando de esta manera la protección a su integridad personal y
sano desarrollo, así como la implementación de programas y/o actividades que
promuevan una cultura de paz y respeto a los derechos humanos.
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