- Detecta afectación por construcción en una superficie de 247 metros cuadrados.
En un comunicado se informó que en atención a una denuncia
popular, en la inspección personal de la PROFEPA detectó actividades de
construcción de obras en un área total de 247 metros cuadrados inmersa en
ecosistema costero. Además, se observó en el lugar, residuos productos de la
demolición de obras preexistentes, dispersos y sin ningún manejo.
Por lo anterior, con el fin de evitar que se continúen
ocasionando afectaciones al ambiente y con fundamento en el artículo 170,
fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA), la PROFEPA dictó como medida de seguridad la Clausura Total
Temporal de las obras y actividades que se
realizaban.
La sanción por llevar a cabo la construcción de desarrollos
inmobiliarios en ecosistemas costeros sin contar con la autorización en materia
de impacto, puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil
Unidades de Medida y Actualización de acuerdo a lo establecido en el artículo
171, fracción I, de la LGEEPA.
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