Ríos Piter no ha ejercido derecho de audiencia para revisión de apoyos

  • Solicitará la Secretaría del Consejo al TEPJF que se dicten las diligencias o medidas pertinentes para asegurar el cumplimiento de su sentencia
  • Responde INE al desplegado del aspirante independiente Armando Ríos Piter
Ciudad de México.- La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó solicitar a la Secretaría Ejecutiva queinforme a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el no ejercicio del derecho de audiencia de Armando Ríos Piter, aspirante a una candidatura independiente a la Presidencia de la República, no obstante la capacidad y disposición institucional para garantizar la revisión de sus apoyos ciudadanos.

 Luego de conocer el “Informe sobre el Desahogo de la Garantía de Audiencia”, el presidente de la Comisión, Benito Nacif, explicó que el TEPJF mandató el 10 de abril al INE brindar al aspirante todos los elementos materiales y humanos para que, en un plazo de 10 días, se revisarán sus apoyos ciudadanos.

 Detalló que el informe muestra que sólo en una ocasión, el pasado 12 de abril, Ríos Piter acudió a las oficinas de la Dirección Ejecutivade Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP), por lo que “el mandato de la Sala Superior no se ha cumplido a cabalidad, pues requiere de la voluntad y de las acciones eficaces e idóneas de las que habla la sentencia por parte del aspirante para poder cumplir con el mandato”.

 Sin embargo, agregó el Consejero, “de los siete días que han transcurrido para el ejercicio de la garantía de audiencia, sólo acudió a uno de manera muy breve, sin poder iniciar el proceso de verificación”. Desde el día 13 y hasta el 17 de este mes, ha quedado manifiesto en actas circunstanciadas levantadas por la Oficialía Electoral del INE que el aspirante no ha acudido a revisar los apoyos inconsistentes.

 La Consejera Claudia Zavala sugirió que “a través del Secretario Ejecutivo se solicite a la Sala Superior que dicte las medidas necesarias para dar cumplimiento a su fallo y las herramientas para cumplirla en sus términos”.

 Enseguida, la Consejera Adriana Favela recordó que el Tribunal Electoral pidió al INE propiciar las condiciones necesarias para desahogar la garantía de audiencia, proporcionarle todos los elementos materiales y humanos y, de parte del actor, realizar todas las acciones idóneas para que en un plazo de 10 días se pudiera garantizar su defensa adecuada, lo cual no ha cumplido.

 El Informe presentado en la Comisión menciona también que el personal de la DEPPP ha realizado en total 34 garantías de audiencia de cinco aspirantes a candidaturas independientes por la Presidencia de la República, en las cuales se ha revisado 1 millón 236 mil apoyos ciudadanos.

 En una jornada de 14 horas, se pudieron revisar 120 mil 960 registros proporcionados por el aspirante y su equipo de trabajo, puntualiza el informe.


Responde INE al desplegado del aspirante independiente Armando Ríos Piter

Ante el desplegado que publicó en diversos diarios el aspirante Armando Ríos Piter acusando de supuesta ineficiencia al INE, el Instituto Nacional Electoral precisa las acciones llevadas a cabo desde el pasado 10 de abril, a partir de la sentencia SUP/JDC/161/2018 y acumulados, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El 10 de abril el INE notificó al aspirante que el Instituto estaba listo para iniciar a lo largo de diez días el cotejo ordenado por el TEPJF en su sentencia SUP/JDC/161/2018 y acumulados. El aspirante no se presentó sino hasta el día 12 de abril, no permitió el desahogo de la diligencia y se retiró. Desde entonces no se ha vuelto a presentar para cumplir con lo dictado por el Tribunal Electoral.

El INE ha dispuesto de 80 personas capacitadas y de 80 equipos de cómputo para realizar el cotejo de los apoyos. Cada persona en promedio puede revisar 108 firmas por hora, de tal forma que los 10 días ordenados por el Tribunal, laborando 12 horas diarias, hacen factible revisar los 906,417 apoyos que el Tribunal ordenó. Si esa tarea no se ha hecho es porque el aspirante y su equipo no se han presentado para realizar el trabajo.

Es falso que el equipo de cómputo del INE se haya dañado por una inundación. Las bases de datos con los apoyos de los candidatos independientes están resguardadas en equipos seguros en las oficinas del Registro Federal de Electores. En el lugar designado para la realización de las diligencias, en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los equipos no tienen daño alguno y están operando al 100%. Así lo comprobó la prensa en la visita realizada el 16 de abril a invitación de dicha Dirección.

Respecto de lo manifestado por el aspirante en torno al que el Director Jurídico del INE no supo orientarlo en su causa, es importante señalar que el funcionario tiene la obligación de ser imparcial y no puede brindar ningún tipo de consulta u asesoría legal a Armando Ríos Piter o a cualquier otro actor político.

La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos instruyó a la Secretaría Ejecutiva del INE que solicite al Tribunal conminar al aspirante a presentarse para cumplir con el mandato judicial, y así llevar a cabo la revisión de los apoyos que el Consejo General del INE determinó como inválidos al consistir en fotocopias, simulaciones de credencial y presentación de documentos de identificación diferentes a la credencial para votar con fotografía.

Asimismo, el Instituto Nacional Electoral, a través de la Secretaría Ejecutiva, solicitará la realización de una auditoría técnica a la aplicación realizada por el INE para que se verifique que los apoyos enviados por los aspirantes son los que el Instituto ha dictaminado y que no se ha realizado manipulación alguna, como dolosamente sugiere el aspirante Armando Ríos Piter.

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