- Tenía Un mono araña, un venado cola blanca, dos gavilanes, un loro guayabero, tres pavos reales, una chachalaca y dos tortugas mojinas.
- El mono araña, el loro guayabero y las tortugas mojinas o tortugas sabaneras fueron enviados al Zoológico Bicentenario Animaya
Se trata de un mono araña (Ateles geoffroyi) hembra, un
venado cola blanca (Odocoileus virginianus) hembra, dos gavilanes (Accipiter
spp) sin sexar, un loro guayabero (Amazona albifrons) sin sexar, tres pavos
reales (Pavo cristatus) -un macho y dos hembras-, una chachalaca (Ortalis vetula)
sin sexar, y dos tortugas mojinas o tortugas sabaneras (Rhinoclemmys areolata)
sin sexar.
Durante la inspección, el propietario de los ejemplares no
acreditó su legal procedencia, por lo que con fundamento en los artículos 114 y
119, fracción I, de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se determinó el
aseguramiento de los mismos.
De los ejemplares asegurados, tres especies se encuentran
listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010; tales como son el
mono araña (Ateles geoffroyi), con categoría de En Peligro de Extinción (P); el
loro guayabero (Amazona albifrons), sujeto a Protección especial (Pr) y las
tortugas mojinas o tortugas sabaneras (Rhinoclemmys areolata), bajo el estatus
de especie Amenazada (A).
Estos tres ejemplares ubicados dentro de la citada NOM,
fueron canalizados al Parque Zoológico Bicentenario Animaya para su atención y
cuidados en tanto se determina su situación legal.
El resto de los ejemplares de vida silvestre quedaron en
depositaría temporal del inspeccionado, ya que se requiere reunir ciertas
condiciones para el traslado, que garanticen su seguridad y cuidados.
Cabe señalar que la Ley General de Vida Silvestre establece
como infracción el poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat
natural, sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, lo que
puede ser sancionado con una multa por el equivalente de 50 a 50,000 Unidades
de Medida y Actualización vigentes.
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