Mérida, Yucatán.- Decidir con rapidez en casos de
emergencia, pero a la vez apegarse a la evidencia de los hechos para proteger a
personas que pueden ser víctimas o estar en riesgo de violencia familiar son
los principales retos para los jueces al resolver el otorgamiento de órdenes de
protección contempladas en las leyes locales en la materia.
Debido a ello, jueces y juezas de control del sistema penal
y del sistema familiar del Poder Judicial del Estado, magistrados del Tribunal
Superior de Justicia y Consejeros de la Judicatura, participaron esta mañana en
el conversatorio “Brechas y dificultades de las medidas de protección derivadas
del ejercicio del derecho fundamental a vivir en un entorno familiar libre de
violencia”.
Encabezados por el presidente de la sala civil y familiar
del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Jorge Rivero Evia y la magistrada
integrante de esta sala Mygdalia A. Rodríguez Arcovedo, los jueces y juezas
analizaron casos complejos que se presentan diariamente en los juzgados en lo
relativo a la solicitud de órdenes de protección contempladas en la ley de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán en
vigor desde 2014 y en la que se prevé que tanto la Fiscalía, como los jueces
familiares y de control del Poder Judicial del Estado, tienen la facultad de
otorgar órdenes de protección.
En su artículo 42 esta ley establece que las órdenes de
protección “son las medidas personalísimas e intransferibles que tienen por
objetivo prevenir, impedir o interrumpir los actos de violencia contra las
mujeres” establecidos en la misma.
Particularmente las juezas y jueces enfrentan la necesidad
de tomar una decisión rápida cuando se trata de órdenes de emergencia, las
cuales tienen una temporalidad no mayor de setenta y dos horas y deben
expedirse dentro de las ocho horas siguientes al conocimiento de los hechos que
las generan, facultad que también tienen los fiscales del Ministerio Público.
En la jornada de esta mañana se abordaron temas relativos a
los criterios para resolver las medidas y las pruebas necesarias; las
dificultades y/o facilidades materiales que se presentan ante el juzgador; la
notificación de las medidas concedidas; la participación de organismos y
autoridades auxiliares y la custodia y alimentos en medidas de protección.
La jueza familiar Patricia Herrera Loría y los jueces de
control Kenny Martins Burgos Salazar y de justicia familiar José Ismael Canto
Can fueron ponentes en este Conversatorio que busca homologar criterios para
cumplir el papel protector de la justicia, particularmente hacia las mujeres,
que son las más violentadas, pero también hacia los menores e incluso hombres
que pueden estar en riesgo.
Los jueces ponentes coincidieron que lo anterior encuentra
uno de sus mayores retos al presentarse casos en los deben decidir la
procedencia o no de la orden sin que las personas solicitantes ofrezcan
evidencias. Si bien no es necesario desahogarlas, la ley establece, en su
artículo 51, que al menos deben ser ofrecidas por el solicitante. En el
conversatorio también participaron los consejeros de la Judicatura Sara Luisa
Castro Almeida y Luis Alfredo Solís Montero.
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